viernes, 23 de diciembre de 2016

LA CUOTA DE HERMANO DESGRAVARÁ EN EL IRPF

INFORMACIÓN MUY IMPORTANTE PARA NUESTROS HERMANOS
En el año 2016 nuestra Hermandad se va a acoger a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Esto implica una serie de obligaciones para la Hermandad, pero a su vez aquellos hermanos que hayan realizado aportaciones en el año 2016, se podrán beneficiar de las deducciones.

DESGRAVACIÓN DE LA CUOTA DE HERMANO Y LOS DONATIVOS EN EL IRPF 2016

Se informa a todos aquellos hermanos y devotos, que la Hermandad remitirá a Hacienda el próximo 31 de enero de 2017 “declaración informativa de donativos” (modelo 182), que incluye la relación nominal de donantes, con sus importes correspondientes y datos fiscales (NIF), al objeto de que se puedan deducir en la próxima declaración de la renta 2016, por la Ley 49/2002 de 23 de Diciembre, tanto la cuota de hermano como cualquier donativo que hayan realizado a la Hermandad durante el año 2016.

Se comunica que aquellos hermanos o devotos que NO DESEEN que sus datos o los de sus familiares se incluyan en el “modelo 182” que se remitirá a Hacienda, lo comuniquen a la Hermandad antes del próximo 15 de enero de 2017 por alguno de los siguientes medios:

  • Correo electrónico: hermandadmisericordia@yahoo.es


  • Por escrito o personalmente en la sede de la hermandad: Plaza de San Pedro, 23. 14002-Córdoba.


Tras los últimos cambios normativos, los hermanos que abonen su cuota o realicen algún donativo para los fines propios de la Hermandad podrán deducir en la próxima declaración de la renta correspondiente al año 2016 (a declarar en mayo-junio 2017), los siguientes porcentajes de su cuota o donativo:

  • Si el importe de la cuota/donativo es inferior a 150€, la desgravación será del 75% de la cuota pagada.


  • Si el importe de la cuota/donativo es superior a 150€, la desgravación será del 75% de los primeros 150€, y del 30% sobre el resto.


A los hermanos que lo soliciten (utilizando los mismos medios señalados anteriormente), se les entregará un certificado del donativo realizado, en el que se expresarán todos los requisitos del art. 24 de la Ley 49/2002.


Hermandad de la Misericordia - TESORERÍA

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